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Todos los centro educativos de nuestro país, siempre que hablemos de los
centro públicos, están organizados según unas leyes específicas, las leyes
educativas (LOE, LOMCE…). Es en estas leyes donde se recogen todos los aspectos
que intervienen en el centro y cómo debe ser su funcionamiento. Por lo que la
organización escolar abarca diferentes saberes, principios y leyes que intentan
explicar cómo funcionan las organizaciones educativas.
Por ejemplo, según el artículo 124 de la Ley Orgánica de Educación (LOE),
los centros docentes elaborarán sus propias normas de organización y
funcionamiento, que deberán incluir las que garanticen el cumplimiento del plan
de convivencia. Además, según este mismo artículo, las administraciones
educativas deben facilitar que los centros, dentro de su autonomía, puedan
elaborar sus propias normas de organización y funcionamiento.
En el artículo 20, sobre la autonomía de los centros, también se menciona
que los centros dispondrán de autonomía pedagógica, de organización y de
gestión en el marco de la legislación vigente y en los términos en la misma ley
de educación. Así los centros dispondrán de autonomía para elaborar, aprobar y
ejecutar su proyecto educativo y el proyecto de gestión, así como las normas de
organización y funcionamiento ya mencionadas antes.
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